LOS LANDMARKS

I.Las formas de reconocimiento son el más legítimo e incuestionable de todos los Landmarks. No admiten ninguna variación.

II. La división de la Francmasonería simbólica en tres Grados es un Landmark que siempre se ha preservado con preferencia sobre prácticamente todos los demás.

III El Mito del Tercer Grado es un Landmark importante, la integridad del cual se ha preservado debidamente. No existe ningún Rito de Francmasonería en ningún país o en ninguna lengua en el cual no se enseñen los elementos esenciales de este Mito. Cualquier Rito que los excluyese o materialmente los alterase dejaría, por este solo motivo, de ser un Rito Masónico.

IV. El gobierno de la Fraternidad por un oficial presidente llamado Gran Maestro, elegido de entre el cuerpo del Gremio, es el cuarto Landmark. Muchos suponen que la elección del Gran Maestro se efectúa en función de las leyes o reglamentos de una Gran Logia. Esto no es así. El oficial debe su existencia a un Landmark de la Orden.

V. La prerrogativa del Gran Maestro para presidir todas las Asambleas del Gremio, dondequiera o cuandoquiera que éstas se celebren, es el quinto Landmark. Como consecuencia de este Landmark, que proviene de las antiguas usanzas, el Gran Maestro asume la presidencia en todas las Comunicaciones de una Gran Logia; y está asimismo autorizado para presidir la comunicación de toda Logia subordinada donde pueda encontrarse presente.

VI. La prerrogativa del Gran Maestro en cuanto a otorgar Dispensas para conceder Grados en momentos irregulares es otro Landmark muy importante. Las leyes estatutarias de la Francmasonería requieren que pase un mes, u otro período determinado, entre la presentación de una petición y la elección de un candidato. Pero el Gran Maestro tiene el poder de pasar por alto o dispensar esta probación y permitir a un candidato ser iniciado sin más preámbulos. De hecho, ya poseía esta prerrogativa antes de la promulgación de la ley que requiere la probación, y sigue gozando de ella puesto que no puede ser invalidada por ningún estatuto.

VII. La prerrogativa del Gran Maestro en cuanto a otorgar Dispensas para abrir y celebrar Logias es otro Landmark. En virtud de ello, éste puede otorgar a un número suficiente de Francmasones el privilegio de reunirse y conceder Grados. Las Logias así establecidas son llamadas Logias Bajo Dispensa.

VIII. La prerrogativa del Gran Maestro para hacer Francmasones de acuerdo a su visión es un Antiguo Landmark que guarda una estrecha relación con el precedente.

IX. La necesidad de que los Francmasones se congreguen en Logias es otro Landmark. Desde tiempos inmemoriales, los Landmarks de la Orden siempre han prescrito que los Francmasones deben, de vez en cuando, reunirse con el propósito de trabajar, ya sea Operativa o Especulativamente, y que estas Congregaciones deben llamarse Logias. En un principio, éstas eran reuniones improvisadas bajo algún propósito concreto y luego disueltas. El Brethren (la Hermandad) se separaba para encontrarse nuevamente en otro momento y en otro lugar, según lo requiriesen las circunstancias. Sin embargo, los Derechos de Constitución, las ordenanzas, y los oficiales permanentes son innovaciones modernas completamente aparte de los Landmarks y que dependen enteramente de promulgaciones especiales hechas en un período comparativamente reciente.

X. El gobierno del Gremio, reunido en una Logia por un Gran Maestro y dos Guardianes es un Landmark. Una Congregación de Francmasones reunidos bajo cualquier otra forma de gobierno como podría ser, por ejemplo, la de presidente y vice-presidente, o rector y vice-rector, no será reconocida como Logia. La presencia de un Maestro y dos Guardianes es tan esencial para la organización válida de una Logia como el actual Derecho de Constitución. Los nombres de estos tres oficiales varían según las diferentes lenguas; pero los oficiales, su número, prerrogativas y deberes son idénticos en todas partes.

XI. La necesidad de que toda Logia, cuando se reúna, esté debidamente cubierta es un Landmark importante de la Institución que nunca debe pasarse por alto. La necesidad de esta norma surge del carácter esotérico de la Francmasonería. El deber de guardar la puerta e impedir el paso a los espías e intrusos es uno de los más antiguos.

XII. El derecho de todo Francmasón a ser representado en todas las reuniones generales del Gremio y a instruir a sus representantes, es el duodécimo Landmark. En un principio, estas reuniones generales que normalmente se celebraban una vez al año, eran designadas con el nombre de Asamblea General, y toda la Fraternidad podía asistir a ellas, incluso el más joven de los Aprendices Entrados. Actualmente se designan con el nombre de Gran Logia, y solamente pueden asistir los Maestros y los Guardianes de las Logias subordinadas, que actuan como representantes de los demás miembros. Originalmente, cada Francmasón se representaba a sí mismo, actualmente le representan los oficiales de su Logia.

XIII. El derecho de todo Francmasón a apelar ante la Gran Logia o Asamblea General de los Francmasones la decisión de su Brethren reunido en Logia, es un Landmark altamente esencial para la preservación de la justicia y la prevención de la opresión.

XIV. El derecho de todo Francmasón a visitar cualquier Logia regular y a ocupar un lugar en ella es un Landmark incuestionable de la Orden. Se denomina Derecho de Visita. Este derecho de visita siempre se ha reconocido como un derecho inherente que todo Francmasón tiene por costumbre ejercer cuando viaja por el mundo. El motivo de que esto sea así es que las Logias se consideran solamente como simples y convenientes divisiones de la familia Masónica universal.

XV. Es un Landmark de la Orden que ningún visitante desconocido para el Brethren, o al cual algunos de sus miembros no reconozcan como Francmasón, pueda entrar en la Logia sin pasar primero un examen de acuerdo a las antiguas usanzas. Si el visitante es reconocido como Francmasón de prestigio por algún Hermano, y si este Hermano da garantía de que cumple los requisitos, se le puede dispensar del examen, puesto que el Landmark se refiere solamente a los casos de extraños que no puedan ser reconocidos de otra forma que a través de estrictas pruebas, debidos exámenes o información legítima.

XVI. Ninguna Logia puede interferir en los asuntos de otra, ni otorgar Grados a miembros del Brethren que pertenezcan a otras Logias. Este Landmark se basa en el gran principio de la cortesía y la consideración fraternal, principios que forman parte de la mismísima base de nuestra Institución.

XVII. Es un Landmark que todo Francmasón acate las leyes y reglamentos de la Jurisdicción Masónica en la cual resida, aun cuando no sea miembro de ninguna Logia de aquella Jurisdicción.

XVIII. Ciertos requisitos para ser candidato a la iniciación surgen de un Landmark de la Orden. Se requiere que el candidato sea hombre y que no tenga mutilación alguna, que haya nacido libre y sea adulto.

XIX. La creencia en la existencia de Dios como el Gran Arquitecto del Universo es uno de los Landmarks más importantes de la Orden. Siempre se ha considerado que la negación de la existencia del Poder Supremo y Omnipotente implica una descualificación absoluta para la iniciación. Nunca, en los anales de la Orden, un Ateo ha sido ni podría ser ordenado como Francmasón. Las mismas ceremonias de iniciación del Primer Grado prohiben y previenen la posibilidad de que ocurra tal cosa.

XX. Subsidiaria a la creencia en Dios, y como Landmark de la Orden, está la creencia en la resurrección a una vida futura.

XXI. Es un landmark que un Libro de la Ley constituya una parte indispensable del mobiliario de toda Logia. No es requisito imprescindible el uso del Antiguo y el Nuevo Testamento. Se considera que el Libro de la Ley es aquel volumen que, según la religión de cada país, contenga la voluntad revelada del Gran Arquitecto del Universo. Así pues, en todas las Logias de los países Cristianos, el Libro de la Ley se compone del Antiguo y el Nuevo Testamento; en un país en que el Judaísmo sea la religión predominante, bastará con el Antiguo Testamento; y en los países Mahometanos y entre los Francmasones Mahometanos, puede usarse el Corán. La Francmasonería no pretende interferir en la fe religiosa particular de sus discípulos, excepto en lo que se refiera a la creencia en la existencia de Dios y en lo que necesariamente resulta de esta creencia. El Libro de la Ley, para el Francmasón Especulativo, es su soporte espiritual sin el cual no puede trabajar; y cualquiera que sea su creencia sobre la voluntad revelada del Gran Arquitecto, aquél constituye para él la norma y guía de su conducta en su trabajo especulativo. El Landmark, por consiguiente, requiere que un Libro de la Ley, algún código religioso representativo de la voluntad revelada de Dios, forme parte esencial del mobiliario de toda Logia.

XXII. La igualdad de todos los Francmasones es otro Landmark de la Orden. Esta igualdad no implica la subversión de las graduaciones de rango instituidas por las costumbres de la sociedad. El monarca, el noble y el trabajador común son iguales en la Francmasonería.

XXIII. El carácter secreto de la Institución es otro Landmark muy importante. Si la Institución se viera despojada de él, ya no sería Francmasonería. Este carácter secreto está basado en las formas y modos de reconocimiento para que los Francmasones puedan reconocerse entre ellos.

XXIV. La fundación de una Ciencia Especulativa sobre un Arte Operativo, y el uso simbólico y explicación de los términos de ese arte para los propósitos de la enseñanza masónica constituye otro de los Landmarks de la Orden. El Templo de Salomón es la cuna simbólica de la Institución y, por consiguiente, la referencia a la Masonería Operativa que construyó aquel magnífico edificio, a los materiales e implementos que se emplearon en su construcción, y a los artistas que participaron en ella, es un componente esencial del cuerpo de la Francmasonería. La eliminación de esta referencia tan sólo provocaría la completa destrucción de la identidad de la Orden como tal.

XXV. El último y supremo Landmark es que estos Landmarks no pueden ser nunca modificados. Nada puede eliminarse -ni nada puede añadirse- no puede practicarse en ellos ni siquiera la más ligera modificación. Y puesto que los recibimos de nuestros predecesores, estamos comprometidos por el más solemne de los deberes a transmitirlas a nuestros sucesores.
Traducción: Gloria Roca

Nota
* Esta traducción de los Old Landmarks (los «Antiguos Límites») de la Francmasonería ha sido tomada directamente de la Mackey’s Revised Encyclopedia, considerada como una de las más rigurosas fuentes de información que existen sobre el tema. B. Jones cita esta definición de los mismos de John W. Simons, sacada de sus «Principios de jurisprudencia masónica»: «Los landmarks son reglas de conducta que han existido desde tiempo inmemorial -ya sean escritas u orales- , que son co-esenciales a la Orden Masónica, que en opinión de la gran mayoría son incambiables, y que todo masón está obligado a mantener intactos, en virtud de los compromisos más solemnes e inviolables».